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HONORARIOS
Los honorarios por nuestros servicios son 400 €, IVA incluido, así como asesoramiento
jurídico, e igualmente incluidas cuantas consultas jurídicas fueran necesarias.
Esta tarifa comprende
los honorarios, tanto de Abogado como de Procurador, IVA
incluido, la Elaboración del Convenio Regulador por
abogados profesionales, la elaboración de la demanda de Separación o Divorcio, más todo el seguimiento del
proceso; desde la presentación de la demanda judicial hasta la obtención de
Sentencia, así como su posterior inscripción en el Registro Civil.
Una vez realizado el
convenio regulador de separación o divorcio y remitido al cliente, si por cualquier motivo los cónyuges
deciden no continuar con el procedimiento correspondiente,
deberán abonarse 75 € como honorarios profesionales por el estudio y redacción.
La
totalidad de los honorarios se harán efectivos en el despacho
del Procurador el día señalado para la firma del Convenio
Regulador.
Este pago
único no incluirá otros gastos extrajudiciales que se
puedan ocasionar a raíz de la separación o divorcio,
así como escrituras públicas, impuestos derivados de
éstas, inscripciones en el Registro de la Propiedad, cambios de
titularidad y otros de la misma naturaleza, que se tendrán que
abonar por el cliente en el sitio u organismo correspondiente.
Una
vez cumplimentado el formulario, se redacta por Easy Divorcio el
Convenio Regulador, documento en el que se plasman todos los acuerdos a
los que han llegado las partes, relativos al domicilio conyugal,
pensiones alimenticias y compensatorias, custodia y regímenes de
visitas a los hijos menores.
Una vez finalizado el documento, éste deberá ser firmado
por los cónyuges, trámite que se realizará en el
despacho del procurador de la localidad donde debe tramitarse la
separación o el divorcio. Una vez entregada la documentación,
puede presentarse la demanda judicial en el Juzgado de Primera
Instancia competente, donde deberán acudir los cónyuges
para ratificarlo (confirmar que el contenido del acuerdo es el querido y aceptado
y que las firmas que constan son las de los cónyuges) a presencia
judicial, el día que se indique.
Finalmente el Juez dictará sentencia y ésta es inscrita en el Registro Civil pertinente, a los efectos de publicidad.
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Cualquier duda o consulta puede dirigirla a:
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